Esta acción se encuentra regulada en el artículo 11 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y se promueve en casos en los que el propietario o poseedor de un predio tiene interés en la constitución de un gravamen en contra del predio contiguo y se plantea en contra del propietario o poseedor de éste. El artículo la plantea de manera expresa para obtener la constitución de una servidumbre, sin embargo y de acuerdo a lo que establece la jurisprudencia, dicha acción es procedente para la declaración de la existencia de un derecho real y establecimiento de gravamen sobre un inmueble como son usufructo, uso, habitación y también servidumbre.
Podemos considerar que esta acción es contraria a la Negatoria cuyo objetivo es reducir o cancelar dichos gravámenes.
Acuda a un despacho de abogados como Soluciones Jurídicas para que atienda su caso y se le asigne al mejor abogado para que lo asesore jurídicamente.
Contacte con uno de nuestros abogados con su propio WhatsApp!